ACJUPUNER

Logo de la Asociación Civil de Jubilados y Pensionados de la UNER

La Asociación Civil de Jubilados y Pensionados de la Universidad Nacional de Entre Ríos — ACJUPUNER — es una asociación civil sin fines de lucro, con Personería Jurídica Res. N° 070 del 13/04/18, cuyo domicilio legal y de reuniones de comisión directiva, es en calle Córdoba Nº 475, de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, República Argentina.


Estatuto de la ACJUPUNER



 

Está integrada, en carácter de miembros activos, por personal docente y personal administrativo y de servicios jubilados o sus pensionados, además de otras categorías de membresía que se pueden consultar en nuestro estatuto.

 

Orógenes de la asociaciónNuestra entidad fue creada el 9 de noviembre de 2017 como un espacio de encuentro para todos los que se desempeñaron como docentes o personal administrativo y de servicios en la UNER, con el propósito de representarlos institucionalmente en sus derechos y ayudarlos a enfrentar su nueva situación como pasivos; y además brindar oportunidades para que los miembros participen en actividades sociales, culturales y educativas y proporcionar información general a sobre temas de interés para nuestros asociados. 

Seguimos vinculados a nuestra universidad y a las instituciones relacionadas, promoviendo el intercambio y la colaboración permanente, pues continuamos apostando por una universidad pública, gratuita y de calidad. También procuramos relacionarnos con asociaciones afines, con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales  y con todas aquellas que sean beneficiosas y necesarias para la Institución y sus asociados. 

Fundamentalmente nos orientamos a la protección y ampliación de los derechos de los asociados, tanto accionando en defensa y mejoramiento de las normativas que hacen a sus intereses como facilitando el asesoramiento y gestión que provean a la superación de los obstáculos que enfrentan para ejercer sus derechos. 

Aspiramos a que nuestro espacio se constituya sobre la base de la total igualdad de sus asociados y contemple la solidaridad y la libertad como principios rectores de su accionar, desvinculado de cualquier relación o tendencia ideológica.

 

Para el período de gestión 2023-2025 la Comisión Directiva está integrada por: 

  • Presidenta: Silvia Mabel Storani
  • Vicepresidenta: Bertha Baldi Coronel
  • Tesorero: Víctor Hugo Lallana 
  • Secretaria: Susana Vercelli 
  • Vocal Titular: Alicia Cristina Huck 
  • Vocal Suplente: Mirna Clara Schimpf

El Tribunal Fiscalizador lo integran en carácter de miembros titulares: Oscar Gerardo Barbosa y María del Rosario Simonetti; y miembro suplente: Norma Silvia Niemiz.

La Junta Electoral está compuesta por los siguientes miembros titulares: María Silvia Carponi y Silvia Liliana Lorenzón


ver las comisiones directivas de gestión 2017-2019, 2019-2021 y 2021-2023.

 

Según nuestro estatuto, la Asociación Civil de Jubilados y Pensionados de la Universidad Nacional de Entre Ríos tiene como objetivos:

  1. Crear un ámbito institucional de relación permanente entre jubilados y pensionados docentes y no docentes de la Universidad Nacional de Entre Ríos que represente sus derechos y los ayude a enfrentar su nueva situación como pasivos.
  2. Constituir un espacio de referencia para la protección y ampliación de los derechos de los asociados, realizando acciones en defensa y mejoramiento de las normativas que hacen a sus intereses; facilitando el asesoramiento y gestión que provean a la superación de los obstáculos que enfrentan para ejercer sus derechos.
  3. Promover el intercambio y colaboración permanente con las Autoridades de la Universidad Nacional de Entre Ríos, con su Obra Social OSUNER y su Instituto de Complementación Previsional ICUNER; como asimismo mantener relaciones con las distintas asociaciones afines, con los Gobiernos (Nacional, Provincial o Municipal), las organizaciones no gubernamentales (O.N.G.), y con todas aquellas que sean beneficiosas y necesarias para la Institución y sus asociados.
  4. Promover, coordinar y programar actividades culturales, sociales, recreativas, deportivas y todas aquellas que faciliten el mantenimiento y acrecentamiento del vínculo entre sus asociados y núcleos familiares.
  5. Proveer servicios que contribuyan a la salud físico/psíquica de los asociados y su núcleo familiar, en particular los de carácter preventivo.
  6. Velar por el prestigio, progreso y buen nombre de la Institución, y por la correcta administración de sus bienes y finanzas.
  7. La ACJUPUNER se declara absolutamente desvinculada de cualquier relación o tendencia ideológica, política partidaria, religiosa o racial, toda vez que se constituye sobre la base de la total igualdad de sus asociados.
 

Se pueden asociar quienes estén jubilados en carácter de miembros activos y también quienes estén próximos/as a serlo como adherentes.
Se completa una ficha de datos personales que se puede hacer desde este enlace que encuentran a continuación o solicitarla al correo electrónico jubiladosuner@uner.edu.ar.
Una vez enviada la ficha y previa aceptación de la solicitud en reunión de comisión directiva, se les comunicará la aceptación y el número de asociado.

Ficha de afiliación

 

El costo a enero de 2024 es de $750 por mes, hasta junio 2024 inclusive. Se puede pagar en forma mensual, trimestral o semestral.

 

A la cuenta Caja de ahorro en pesos del Nuevo Banco de Entre Ríos cuyo CBU es: 38600652-03000054565123 y el alias: JUBILADOSUNER; es importante recordar que quienes realicen transferencia a la cuenta deberán enviar el comprobante por correo electrónico o WhatsApp, a fin de que se pueda identificar y registrar el pago.

 

El pago se puede descontar del beneficio mensual que el socio percibe por ICUNER, para lo cual deberá remitir por mail o WhatsApp la autorización escrita y firmada, que encuentra a continuación para el descuento. Puede además consultar el texto del convenio firmado entre ACJUPUNER e ICUNER.

Ficha solicitud descuento ACJUPUNER- ICUNER

Archivo Convenio ACJUPUNER-ICUNER

 

Para Personal docente de las universidades públicas nacionales recomendamos revisar la Ley N° 26.508 para Personal docente de las universidades públicas nacionales: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/155000-59999/157398/norma.htm ; la Ley Nº 22.929 y sus modificatorias para la jubilación de docentes investigadores: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/100000-104999/104166/norma.htm y la Ley Nº 24241 para la jubilación ordinaria de personal no docente: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/639/norma.htm

 

Los jubilados somos afiliados titulares a la OSUNER (Art. 6, inciso b del estatuto) enlace: http://www.osuner.com.ar/index.php/estatuto/

El afiliado titular tiene derecho a la continuidad en la afiliación como Titular Jubilado, siempre que presente la solicitud de la continuidad en la afiliación dentro de los 60 días de haber obtenido el beneficio jubilatorio (fecha de la resolución de jubilación), y que el Organismo Previsional haya considerado la relación de trabajo con la Universidad para el cómputo de años de servicios, y que la relación de trabajo efectivo en la UNER, haya tenido una antigüedad mayor a 12 meses.

Cuando obtenga la jubilación, deberá acreditar este último período de trabajo, agregando una constancia emitida por la Caja de Jubilaciones en la que se certifique cuáles fueron las relaciones de trabajo consideradas para el cómputo de los años de servicio.

Los requisitos a cumplimentar para continuar como afiliados a la OSUNER al momento de la redacción de esta página son:

  1. Nota dirigida al presidente de la obra social donde manifiesta continuar como afiliado titular jubilado.
  2. Solicitud de afiliación y certificado de antecedentes de salud (del titular y de cada integrante del grupo familiar), provistos en la delegación, también están en la página web de OSUNER: http://www.osuner.com.ar/index.php/formularios-2/
  3. Constancia definitiva de jubilación (comprobante de primera liquidación de A.N.S.E.S.) y resolución de reconocimiento de años de trabajo en U.N.E.R. (si se jubila por Provincia).
  4. Fotocopia de la resolución de cese o renuncia definitiva de la facultad donde prestaba servicio.
  5. Fotocopia de D.N.I. y Libreta de Familia.
  6. Constancia de afiliación a su otra Obra Social obligatoria PAMI o IOSPER. (Para el caso de PAMI, es necesario cobrar por primera vez para que lo afilien al PAMI).

Recomendamos consultar con la obra social los requisitos al momento de cumplimentarlos, téngase en cuenta que esta página tiene la intención de orientar a quienes atraviesan el proceso de jubilación y continuación en la obra social.

Los formularios que aquí se mencionan, se pueden bajar de la página de la Obra Social de la UNER: http://www.osuner.com.ar/index.php/formularios-2/ 

 

La Resol. 4/21 establece que el Titular Jubilado deberá abonar una cuota mensual más el aporte al Fondo Especial de Complementación y Emergencias, ambos valores IVA incluido. Se debe tener en cuenta que, en caso de morosidad, a los 90 días se producirá la baja. Todas las prácticas y prestaciones son gravadas con el IVA. No tienen periodo de carencias y las coberturas son las mismas que al estar en actividad.

Sugerimos tener presente además que, a fin de determinar el monto que le cobrará mensualmente la Obra Social, deberá presentar por única vez, el recibo de sueldo (el descuento es el 3 % del monto del sueldo bruto Resol. OSUNER 4/21 (enlace: http://www.osuner.com.ar/index.php/listado-de-resoluciones/ ), caso contrario, deberá abonar la misma cuota que un afiliado adherente, que es mayor.

 

En la Resolución OSUNER 04/21 no solo figura el monto a abonar mensualmente a la Obra Social y su forma de actualización, sino que también al final, figuran los Anexos I, II y III, que son modelos de notas de autorización para afiliados a PAMI o IOSPER, que la OSUNER hace firmar en el momento en que se solicitan prestaciones que superen determinados montos. Con estas autorizaciones la OSUNER puede gestionar ante las dichas Obras Sociales, el pago de parte de las mismas (concurrencia o complementariedad). Resol. OSUNER 04/21 (enlace: http://www.osuner.com.ar/index.php/listado-de-resoluciones/ )

En el caso de quienes estén afiliados a IOSPER, se encuentra vigente además un convenio que firmó la OSUNER con IOSPER. Archivo Convenio OSUNER-IOSPER.

 

La OSUNER está dirigida por un Consejo Directivo entre cuyos integrantes se asigna un cargo a los representantes de los jubilados. La ACJUPUNER siempre ha alentado a nuestros afiliados a presentarse en los actos eleccionarios y mantener con ellos un fluido intercambio en beneficio de nuestros asociados.

En el actual Consejo Directivo de OSUNER la totalidad de los jubilados de la UNER estamos representados en el Consejo Directivo de la OSUNER, y para el periodo: 2022-2026, ellos son:

Titular: Francisco Ramón Etchevers.
Contacto: fetchevers@yahoo.com.ar

Suplente: Edgardo Marsó.
Contacto: edgardomarso@marsoyasociados.com.ar

 

Es el “INSTITUTO COMPENSADOR DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ENTRE RÍOS” Se trata de una organización integrada, exclusivamente, por el personal docente y no docente de la Universidad Nacional de Entre Ríos, con carácter mutual y de solidaridad, con dependencia de la Universidad, cuya misión fundamental es promover el bienestar del personal acogido al beneficio jubilatorio y a los pensionados del mismo.

Podrá implementar prestaciones e incorporar nuevos servicios, con el fin de promover el bienestar del personal afiliado activo y pasivo y pasivo, sin comprometer el logro de la misión fundamental.

Tiene como funciones específicas otorgar al personal docente y no docente que goce de una jubilación o pensión un complemento de dichos haberes, en carácter de adicional y mediante un subsidio mensual en dinero. El mismo tendrá relación con los aportes efectuados en la etapa de prestación de servicios activos.

Asimismo, puede otorgar préstamos amortizables al personal afiliado al Instituto, jubilado o en actividad, siempre que dicha operatoria garantice el retorno del valor real del capital comprometido.

Son beneficiarios del ICUNER los agentes de la UNER que han obtenido el beneficio de la jubilación ordinaria, jubilación por edad avanzada, u otro beneficio jubilatorio que implique cesación efectiva y permanente de la actividad, siempre que acrediten la antigüedad mínima en sus aportes que establezca el Consejo de Administración.

Al momento de jubilarse el afiliado puede ejercer la opción de percibir el beneficio que le corresponde por sus aportes al ICUNER en un pago único; en caso contrario el mismo será liquidado en forma mensual. Lo mismo es válido para las pensiones.

 

El ICUNER requiere de sus afiliados la presentación de la Fe de Vida del 1 al 15 de los meses de abril, agosto y diciembre de cada año.

Al efecto debe remitirse a supervivencia@uner.edu.ar un correo electrónico con copia escaneada o foto de una constancia u orden de práctica médica, pago de obra social, reintegros efectuados o similares; recibo de jubilación o pensión, o bien constancia de supervivencia efectuada en la seccional policial más cercana al domicilio.

 

Nos podemos contactar a través de nuestro correo electrónico jubiladosuner@uner.edu.ar o de nuestro WhatsApp +54 9 343 519-6647.